El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales consiguió una decisión favorable del Tribunal Superior Administrativo (TSA) el 24 de abril de 2026, fortaleciendo la protección del Parque Nacional Jaragua. Esta resolución se produjo tras acogerse una demanda interpuesta por la institución, que buscaba resolver dificultades en la ejecución de una sentencia anterior que afectaba los límites de esta área protegida.
La sentencia previa, emitida el 20 de noviembre de 2025 por la Quinta Sala del TSA, había establecido que un predio vinculado a la empresa Inversiones del Sur, S.R.L., se encontraba fuera del área protegida, generando un escenario de posible afectación a la delimitación del parque. Desde el inicio del proceso, el Ministerio mantuvo una postura firme, basada en la Constitución y el marco legal, rechazando cualquier interpretación que pudiera reducir o flexibilizar los límites de las áreas protegidas.
En su reciente fallo (núm. 0030-1643-2026-SSEN-0020), el TSA reconoció la existencia de imprecisiones en el contenido de la decisión anterior, lo que impedía su ejecución adecuada. El tribunal determinó que uno de los elementos clave utilizados como base, un supuesto informe de la Dirección Nacional de Mensuras Catastrales, no formaba parte del expediente oficial, sino que era un documento elaborado por un agrimensor privado, careciendo de la validación técnica necesaria.
Asimismo, el TSA indicó que la ejecución de la sentencia requería, de manera previa, la elaboración de un informe técnico por parte del Catastro Nacional para determinar con precisión la ubicación del inmueble. Esta decisión reafirma la integridad del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) y delimita las competencias institucionales, impidiendo la aplicación de una disposición que carecía de sustento técnico suficiente y que podía generar efectos negativos sobre la delimitación del Parque Nacional Jaragua.





















































