La Junta Central Electoral ha encontrado una forma curiosa de defender la democracia. Impedir que los ciudadanos conozcan cómo se mueve.
La Ley 20-23 ordena silencio ocho días antes de votar. La Junta creyó que eran pocos, los convirtió en más de un año y abrió procesos contra ACD Media y el Centro Económico del Cibao. Luego convirtió su incumplimiento en falta. Ahora abre el camino al castigo.
¿A quién beneficia que nadie publique quién crece, quién cae y qué candidatura es una ficción? No al elector. Beneficia a quien conoce los números, puede pagarlos y usarlos en privado. La prohibición no democratiza la información. La secuestra para quienes prefieren que nadie pueda medirlos.
Ni siquiera puede refugiarse en los tribunales. El Tribunal Superior Electoral no validó la prohibición. Se declaró incompetente y declinó el caso ante el Tribunal Constitucional. El voto disidente fue más claro y sostuvo que el artículo 13 contradice la ley y debió anularse. El TC, además, ya advirtió en 2019 que la Junta no puede colocarse sobre el legislador.
La Junta puede exigir que se publiquen la metodología, el tamaño de la muestra, el margen de error y quién encargó la encuesta. Lo que no puede hacer es romper el termómetro para que nadie conozca la temperatura. Cuando el árbitro decide qué puede saber el público, deja de ordenar la competencia y comienza a controlar la conversación.





















































