La Audiencia Nacional en España confirmó la denegación de asilo y protección subsidiaria a un ciudadano dominicano que alegó haber huido de su país tras recibir amenazas de muerte de una banda criminal por el impago de una deuda. La resolución, emitida el 29 de junio de 2026, deja al solicitante, identificado como Joaquín (nombre ficticio), sin estatus legal inmediato en territorio español.
Joaquín presentó su solicitud el 10 de febrero de 2025 en el Centro de Internamiento de Extranjeros de Madrid. Relató haber pedido prestados 13.000 dólares para ayudar a su madre enferma. Al no poder devolver la deuda, la banda le exigió cinco veces la cantidad original y lo amenazó con un arma de fuego. Ante esta situación, decidió abandonar la República Dominicana oculto en el maletero de un coche para viajar a España.
El Ministerio del Interior no negó la veracidad de su relato, pero consideró insuficientes los argumentos. La Audiencia Nacional, al revisar la demanda del 25 de septiembre de 2025, dictaminó que las amenazas de agentes no estatales no se encuadran en los motivos de asilo o protección subsidiaria según la Ley 12/2009 ni la Convención de Ginebra. El tribunal también descartó razones humanitarias para una residencia y le impuso costas procesales.
Esta sentencia obliga al ciudadano dominicano a abandonar España, a menos que prospere un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, para el cual tiene un plazo de treinta días. La decisión resalta la rigurosa aplicación de la normativa española e internacional frente a solicitudes de protección basadas en amenazas de grupos criminales.





















































