La DGII eliminó las retenciones de ITBIS entre empresas cuando la operación se factura con un Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF), según una norma general emitida el 16 de septiembre de 2026.
El cambio modifica el régimen establecido en la Norma General núm. 02-05: los agentes de retención ya no descontarán el impuesto al pagar a proveedores autorizados como emisores electrónicos. Eso significa que esas empresas recibirán el pago íntegro, sin esperar reembolsos ni créditos fiscales, mejorando su flujo de caja.
La exclusión aplica solo a las retenciones de esa norma. Las demás retenciones o percepciones tributarias permanecen vigentes. Para quienes aún no están en el sistema de e-CF, el régimen anterior sigue igual, lo que convierte la autorización como emisor electrónico en un incentivo fiscal concreto.
Fuente: Diario Financiero





















































