La nueva normativa fiscal no solo amenaza con asfixiar a los sectores productivos, sino que crea un caldo de cultivo para la informalidad y la evasión, elevando drásticamente el riesgo soberano de la República Dominicana frente a los estándares globales antilavado.
La reciente promulgación de la Ley 30-26 ha sido presentada ante el país como una herramienta indispensable de "pro-crecimiento económico, simplificación fiscal y mitigación de la crisis". Con medidas que abarcan desde una amnistía transitoria, hasta ajustes severos como el aumento temporal del Impuesto Sobre la Renta (ISR) al 30% para grandes empresas y nuevas retenciones del 15% a servicios en el exterior, el Estado busca blindar sus finanzas a corto plazo.
Sin embargo, bajo la superficie de estas intenciones recaudatorias, se gesta un efecto colateral sumamente peligroso: la asfixia del contribuyente y el desmantelamiento de la trazabilidad financiera. Cuando una norma tributaria cruza la delgada línea entre la contribución justa y el sobrecobro, el ecosistema económico reacciona. No hablamos solo de un déficit en el presupuesto nacional, sino de una reacción en cadena que fomenta la informalidad, dispara la evasión tributaria y, desde una perspectiva de cumplimiento normativo, facilita el lavado de activos, destruyendo la voluntad de cooperación del ciudadano.
El riesgo de la informalidad y la rebelión del contribuyente
Para medir el impacto real de estas normativas, basta con observar la reacción de los sectores productivos. En una economía donde las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) luchan diariamente contra altos costos operativos, el cálculo tras la aplicación de mayores retenciones es tristemente sencillo: el costo de ser formal supera los beneficios de operar dentro del sistema.
Un principio universal de las finanzas públicas dicta que el cumplimiento voluntario depende de que el ciudadano perciba el sistema como equitativo. Cuando la presión fiscal se vuelve asfixiante, nace el perfil del "contribuyente no cooperante". La Ley 30-26 corre el riesgo de romper el pacto social: si el actor económico percibe que su esfuerzo está siendo penalizado de manera desproporcionada, deja de ver al Estado como un ente regulador legítimo y comienza a verlo como un adversario del cual debe proteger su patrimonio, migrando sus operaciones al efectivo y a la economía sumergida.
La óptica del Cumplimiento: La zona gris y el lavado de activos
Desde los rigurosos estándares internacionales, la lectura de esta ley genera profundas alarmas. La consecuencia macroeconómica y regulatoria más grave de empujar a los actores productivos hacia la informalidad es la creación de un ecosistema perfecto para el lavado de activos.
Debemos recordar que, en la República Dominicana, la evasión tributaria es un delito precedente del lavado de activos, consagrado así en la Ley 155-17. Al establecer umbrales impositivos que el mercado percibe como confiscatorios, el Estado empuja a empresas y ciudadanos a sub-declarar ingresos o mover grandes flujos de dinero fuera del sistema bancario tradicional.
Esto inunda la economía de transacciones en efectivo que escapan a cualquier trazabilidad. Para los "sujetos obligados" —ya sean bancos, fiduciarias o actores del sector asegurador— esta proliferación de la economía opaca entorpece severamente las labores de debida diligencia. En un mercado donde el manejo irregular de fondos se normaliza por el simple hecho de evadir la voracidad fiscal de la DGII, el dinero legítimo que huye del sobrecobro se mezcla indefectiblemente con el capital ilícito de redes criminales que busca ser integrado al sistema formal.
El choque frontal con los estándares internacionales (GAFI y GAFILAT)
El fomento indirecto de la economía informal choca de frente con los estándares internacionales exigidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y su brazo regional, GAFILAT.
Las 40 Recomendaciones del GAFI exigen a los países mitigar sus riesgos, asegurar la transparencia de los beneficiarios finales y mantener un monitoreo continuo de las transacciones (Recomendación 10 sobre Debida Diligencia). Cuando una ley tributaria mueve a desbancarizarse forzosamente a una parte del sector comercial por temor a retenciones excesivas, el país pierde visibilidad sobre quién hace qué con su dinero.
El riesgo de este retroceso es monumental. Si los organismos internacionales detectan que nuestras políticas internas están debilitando el cerco contra el lavado al promover una economía en efectivo, la República Dominicana se expone a una reducción de su calificación de riesgo país o, en el peor de los casos, a ser incluida en "listas grises".
A nivel práctico, esto desata el temido fenómeno del De-risking: los bancos corresponsales internacionales en Estados Unidos y Europa podrían cortar sus lazos con el sistema financiero dominicano al considerar que operar aquí representa un riesgo de cumplimiento inasumible. Esto encarecería las transacciones internacionales, las importaciones, el pago a suplidores en el extranjero y la recepción de remesas, golpeando la médula espinal de nuestra economía.
El equilibrio fiscal necesario
Recaudar es una tarea ineludible para mantener la operatividad del Estado, pero exprimir a la misma base tributaria tiene límites sistémicos. Una política regulatoria madura no es aquella que asfixia a los que ya están cautivos, sino la que crea condiciones tan atractivas que invita a los informales a integrarse y bancarizarse.
Si la visión del sobrecobro se impone con la Ley 30-26, no veremos un aumento sostenible en las arcas nacionales. En su lugar, presenciaremos el peligroso ensanchamiento de una economía opaca donde reinan la vulnerabilidad institucional, la desconexión ciudadana y un entorno propicio para los ilícitos financieros, poniendo en jaque todo el esfuerzo que el país ha construido en materia de prevención de lavado de activos ante los ojos del mundo.





















































