La Corte de Apelaciones del Primer Circuito de Estados Unidos confirmó el 18 de septiembre la anulación de una política del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). La política regulaba la deportación de personas con órdenes definitivas de expulsión hacia países que no habían sido identificados como destino durante sus procesos migratorios.
Las instrucciones del DHS permitían realizar esos traslados sin trámites adicionales si las autoridades consideraban creíbles las garantías de seguridad ofrecidas por el país receptor. En otros casos, preveían una notificación limitada antes de la deportación.
La corte determinó que, antes del traslado, la persona debe recibir aviso efectivo sobre el país de destino y tener una oportunidad significativa para alegar si allí corre riesgo de persecución o tortura. La sentencia anuló las instrucciones del DHS, no la facultad legal de deportar a terceros países cuando se cumplen las garantías aplicables.
El tribunal revocó otra parte del fallo anterior que exigía intentar primero la deportación al país elegido por la persona o al de su nacionalidad. Concluyó que los demandantes no tenían legitimación para reclamar sobre ese punto.





















































